"Tener es tener, conseguir es un arte", dice un proverbio holandés que sin duda puede aplicarse a los pagos pendientes. Su contacto le adeuda un pago pero no lo abona, sin dar ninguna razón satisfactoria. En tales casos es necesario emprender acciones para incitar al pago de la deuda. Gimbrère Internacional Abogados cuenta con numerosos recursos para ayudarle a conseguirlo.
Somos especialistas en la legislación española. Antes de un procedimiento de cobro de impagos pueden investigarse las posibilidades de reparación, para no incurrir en costes superfluos cuando resulte que el deudor apenas disponga de medios para satisfacer su demanda.
Además, previamente al procedimiento de cobro de la deuda pueden embargarse cuentas bancarias y bienes muebles o inmuebles, para garantizar que su reclamación sea satisfecha tras el mismo. En otros casos, la solicitud de quiebra del deudor puede ser la vía apropiada para poder cobrar la cantidad que le adeuda. Gimbrère Internacional Abogados en España le ayudará con gusto a elegir entre las diversas posibilidades y cobrar cuanto antes la deuda reclamada.
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